Art. 134
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. 134

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En vigor desde 10 oct 2008
Los Equipos Técnicos dependientes funcionalmente de los Juzgados de Menores y Fiscalía de Menores prestarán asesoramiento a los mismos sobre la situación psicológica, educativa y social del menor, así como de su entorno social, durante el procedimiento judicial.
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