Título TÍTULO III
Art. 62 bis
74 / 103En vigor desde 16 oct 2018
1. Los centros municipales de información a la mujer son las unidades de atención integral e información a las mujeres y en especial a las mujeres víctimas de violencia de género. Asimismo, llevarán a cabo actuaciones de sensibilización en políticas de igualdad y fomento de la participación de las mujeres.
2. En cofinanciación con las corporaciones locales, la Administración de la Junta de Andalucía promoverá la creación y mantenimiento de los centros municipales de información a la mujer. La cofinanciación será del cincuenta por ciento.
3. Se establecerán reglamentariamente sus funciones, composición y funcionamiento.
Se añade por el art. único.53 de la Ley 9/2018, de 8 de octubre. Ref. BOE-A-2018-15239
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Proeli/es-an/l/2007/11/26/12#art-62-bis