Título TÍTULO III
Art. 62
73 / 103En vigor desde 19 dic 2007
1. Se crea el Consejo Andaluz de Participación de las mujeres, adscrito a la Consejería competente en materia de igualdad, como órgano de participación de las organizaciones de mujeres en las políticas de igualdad de género de la Junta de Andalucía.
2. Sus funciones y composición se regularán mediante decreto del Consejo de Gobierno.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2007/11/26/12#art-62