Art. Disposición final tercera
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final tercera

50 / 50
En vigor desde 3 jun 2007
La presente ley entrará en vigor al mes de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2007/04/24/12#disposicion-final-tercera