Art. Disposición adicional novena
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional novena

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En vigor desde 19 oct 2007
Se modifican el artículo 6.2 y el encabezamiento del artículo 6.3 de la Ley 13/2006, que quedan redactados del siguiente modo: «2. Las prestaciones económicas de derecho de concurrencia se crean mediante acuerdo del Gobierno. 3. Las leyes y los actos de creación de las prestaciones a que se refieren los apartados 1 y 2 deben determinar necesariamente:»
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