Art. Disposición derogatoria única
Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 6.ª Registro de infractores

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 3 ago 2006
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan o contradigan lo dispuesto en esta Ley. En particular, quedan derogados los artículos 50 a 53 de la Ley de Cantabria 3/1992, de 18 de marzo, de Protección de los Animales.
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