Art. Disposición adicional cuarta
Capítulo CAPÍTULO X

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 19 ene 2007
Serán de aplicación a las fundaciones reguladas en la presente ley las normas de adaptación del Plan general de contabilidad para las entidades sin ánimo de lucro y las normas de elaboración del plan de actuación de dichas entidades.
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