Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 72En vigor desde 19 ene 2007
La presente ley tiene por objeto regular las fundaciones de interés gallego, de competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia.
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Proeli/es-ga/l/2006/12/01/12#art-1