Capítulo CAPÍTULO VII
Art. Disposición adicional sexta
27 / 34En vigor desde 29 abr 2003
El Gobierno de Canarias podrá realizar, en cualquier momento, las modificaciones de la relación de puestos de trabajo del extinto Instituto Canario de Formación y Empleo que estime necesarias como consecuencia de la entrada en vigor de la presente Ley.
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Proeli/es-cn/l/2003/04/04/12#disposicion-adicional-sexta