Art. Disposición adicional quinta
Capítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición adicional quinta

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En vigor desde 29 abr 2003
Los bienes y derechos que tenga adscritos o de que disponga el Instituto Canario de Formación y Empleo, así como las obligaciones que tenga a su cargo, serán asumidos por los mismos títulos por el Servicio Canario de Empleo.
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