Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 34En vigor desde 29 abr 2003
El Servicio Canario de Empleo tiene como finalidad fomentar, mejorar y promover el empleo en la Comunidad Autónoma de Canarias, luchar contra el desempleo y cubrir las necesidades de formación de los trabajadores desempleados y ocupados, atendiendo con carácter prioritario a aquellos colectivos que presenten mayores dificultades para su inserción laboral.
El Servicio Canario de Empleo ha de dinamizar lo preceptuado en el artículo 40 de la Constitución española y el artículo 5.2 c) del Estatuto de Autonomía de Canarias, llevando a cabo una política orientada al pleno empleo estable y de calidad y al autoempleo.
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Proeli/es-cn/l/2003/04/04/12#art-2