Art. 63
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 2.ª Comisión de Coordinación y Evaluación Normativa

Art. 63

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En vigor desde 25 may 2002
La composición de la Comisión de Coordinación y Evaluación Normativa será la siguiente: a) Cuatro representantes de la Administración del Estado. b) Cuatro representantes de la Comunidad Autónoma designados por el Gobierno Vasco, tres de los cuales lo serán a propuesta de cada una de las respectivas Diputaciones Forales.
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eli/es/l/2002/05/23/12#art-63