Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
4 / 29En vigor desde 23 dic 2002
Corresponde al Consejo Social:
a) Conocer el Plan Estratégico que, a propuesta de su Consejo de Gobierno, pueda adoptar la Universidad.
b) Supervisar las actividades económicas y administrativas de la Universidad y evaluar el rendimiento de sus servicios.
A tal efecto, podrá proponer, conocer e informar cuantas iniciativas redunden en la mejora de los servicios universitarios.
c) Supervisar, con técnicas de auditoría y las normas que establezca la Comunidad de Madrid, las inversiones, gastos e ingresos de la Universidad.
d) Supervisar cuantas iniciativas redunden en la mayor calidad de la enseñanza y la investigación universitarias.
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Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/2002/12/18/12#art-4