Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 16 ene 2003
En el plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de esta Ley, el Consejo de Gobierno aprobará el Plan de desarrollo sostenible del Parque Natural de Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias previsto en el artículo 10 de esta Ley.
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