Art. Disposición adicional tercera
18 / 25En vigor desde 16 ene 2003
Sin perjuicio de lo que establezcan los planes rectores de uso y gestión, el régimen jurídico del suelo en el área del Parque Natural de Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias continuará rigiéndose por el instrumento de planeamiento urbanístico en vigor; el de los aprovechamientos piscícolas y cinegéticos, por sus disposiciones especiales, y el de los demás aprovechamientos, por sus normas particulares.
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Proeli/es-as/l/2002/12/13/12#disposicion-adicional-tercera