Art. Disposición final primera
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

103 / 105
En vigor desde 8 ago 2002
La cuantía de las sanciones previstas en esta Ley podrá ser actualizada, de acuerdo con el índice de precios al consumo por Decreto de la Junta de Castilla y León.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2002/07/11/12#disposicion-final-primera