Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 13
13 / 105En vigor desde 8 ago 2002
La resolución por la que se acuerde la declaración de Bien de Interés Cultural se publicará en el Boletín Oficial de Castilla y León y en el Boletín Oficial del Estado y será notificada a los interesados y al Ayuntamiento en el que radique el bien declarado, si éste fuera inmueble.
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Proeli/es-cl/l/2002/07/11/12#art-13