Título TÍTULO XIII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional tercera
156 / 184En vigor desde 26 dic 2001
El Servicio Madrileño de Salud queda subrogado en la titularidad de todos los bienes, derechos y obligaciones derivadas del extinto Organismo Autónomo Servicio Regional de Salud.
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