Art. 49
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO V

Art. 49

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En vigor desde 26 dic 2001
Tiene por finalidad impulsar la participación de los sectores implicados, a través de sus organizaciones, en la prevención de los riesgos para la salud relacionados con el consumo de alimentos, así como colaborar con la Administración Sanitaria en las alertas alimentarias que se presenten y servir de cauce de información para los sectores interesados y consumidores.
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eli/es-md/l/2001/12/21/12#art-49