Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 33
33 / 184En vigor desde 26 dic 2001
La Agencia Sanitaria tendrá como fines:
1. Garantizar el aseguramiento del ciudadano en relación con las prestaciones del Sistema Nacional de Salud.
2. Garantizar las prestaciones sanitarias en los términos expresados en esta Ley, su normativa de desarrollo y demás normativa aplicable.
3. Facilitar el ejercicio del derecho a la protección de la salud mediante el adecuado acceso a los servicios establecidos para tal fin.
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Proeli/es-md/l/2001/12/21/12#art-33