Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 39
40 / 244En vigor desde 1 ene 2002
Son sujetos pasivos de esta tasa quienes soliciten o en cuyo interés se realicen las actuaciones administrativas que constituyen el hecho imponible.
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Proeli/es-cl/l/2001/12/20/12#art-39