Art. 207
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO XLIV

Art. 207

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En vigor desde 1 ene 2013
La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente cuota: Solicitud de autorización o reconocimiento de compatibilidad con actividades públicas o privadas: 75,00 euros. Se añade por el de la Ley 9/2012, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-665

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Pro

eli/es-cl/l/2001/12/20/12#art-207