Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO XLIII
Art. 204
211 / 244En vigor desde 1 ene 2016
La tasa por la evaluación o emisión de informe de cada figura contractual se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:
a) Si la tramitación en alguna de las fases de procedimiento se hace de manera presencial: 55,00 euros.
b) Si la tramitación de todo el procedimiento se hace de forma telemática: 50,00 euros.
Se modifica por el .6 de la Ley 7/2015, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-1884 Se añade por el de la Ley 9/2012, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-665
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2001/12/20/12#art-204