Art. 201
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO XLIII

Art. 201

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En vigor desde 1 ene 2013
Constituye el hecho imponible de la tasa la actividad administrativa inherente a la evaluación o emisión de informes previos a la contratación de las siguientes modalidades de personal docente e investigador por parte de las universidades: profesor Contratado Doctor, Ayudante Doctor, profesor de Universidad privada con título de Doctor o profesor Colaborador. Se añade por el de la Ley 9/2012, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-665

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eli/es-cl/l/2001/12/20/12#art-201