Art. 189
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO XL

Art. 189

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En vigor desde 1 mar 2012
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas: 1. Fotocopias: Fotocopias blanco y negro: Copia DIN A4: 0,05 euros. 2. Reproducciones fotográficas: Fotografías 13 × 8 cm: 10,11 euros. 3. Imágenes digitales (incluido soporte DVD-R): 9,31 euros. Se añade por el de la Ley 1/2012, de 28 de febrero. Ref. BOE-A-2012-4385

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Pro

eli/es-cl/l/2001/12/20/12#art-189