Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO XXXVI
Art. 172
179 / 244En vigor desde 1 ene 2015
La cuota por solicitud de concesión de la etiqueta ecológica se autoliquidará por los sujetos pasivos en el momento en que éstos formulen la solicitud que inicie el procedimiento.
Se modifica por el .15 de la Ley 10/2014, de 22 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1117 Se añade por el de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-2394
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2001/12/20/12#art-172