Art. Disposición final segunda
Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 9 ago 2001
Se faculta al Instituto Aragonés de Servicios Sociales para suscribir, mantener y desarrollar los convenios suscritos por la Administración de la Comunidad Autónoma con entidades de la iniciativa social para el ejercicio de las funciones de protección de menores.
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