Art. 90
Título TÍTULO VI

Art. 90

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En vigor desde 9 ago 2001
Para el análisis del desarrollo del Plan, así como para la presentación de iniciativas y sugerencias en el ámbito de la infancia y la adolescencia, se constituirá la Comisión de seguimiento del Plan Integral de atención a la infancia y la adolescencia, cuya composición y funciones se determinarán reglamentariamente.
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eli/es-ar/l/2001/07/02/12#art-90