Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.a De los padres y otros responsables legales
Art. 22
22 / 114En vigor desde 9 ago 2001
1. Con el fin de evitar el deterioro del entorno familiar y de cubrir las necesidades básicas de los niños y adolescentes, las Administraciones públicas establecerán los programas sociales y facilitarán los apoyos necesarios para que la responsabilidad de los padres o de quienes les sustituyan en el ejercicio de las funciones propias de la patria potestad o autoridad familiar pueda ser cumplida de forma adecuada.
2. Estos apoyos preventivos tendrán carácter prioritario y previo a cualquier otra medida que se deba adoptar para asegurar los derechos de los niños y adolescentes.
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Proeli/es-ar/l/2001/07/02/12#art-22