Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 22 dic 2000
El Colegio Oficial de Fisioterapeutas de las Illes Balears agrupa a quienes tienen la titulación de Diplomados en Fisioterapia, de acuerdo con el Real Decreto 2965/1980, de 12 de diciembre y demás normas que lo desarrollan, los profesionales que tienen reconocida la Especialidad de Fisioterapia en virtud de Decreto de 26 de julio de 1957 y los profesionales habilitados con anterioridad a la publicación del citado Decreto para el ejercicio de la fisioterapia.
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eli/es-ib/l/2000/12/13/12#art-2