Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 2
2 / 125En vigor desde 1 ene 1997
Uno. Para la ejecución de los programas integrados en los estados de gastos de los presupuestos de los entes mencionados en los apartados a), b), c), d) y e) del artículo anterior, se aprueban créditos en los capítulos económicos I a VIII por importe de 30.464.303.469 miles de pesetas, según la distribución por programas detallada en el anexo I de esta Ley. La agrupación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente, en miles de pesetas:
Alta Dirección del Estado y del Gobierno 41.608.841 Administración General 32.519.250 Relaciones Exteriores 124.343.293 Justicia 228.516.517 Protección y Seguridad Nuclear 4.642.730 Defensa 817.085.315 Seguridad y Protección Civil 575.741.536 Seguridad y Protección Social 11.677.696.298 Promoción Social 374.791.486 Sanidad 3.656.842.863 Educación 971.625.614 Vivienda y Urbanismo 112.946.962 Bienestar Comunitario 35.664.928 Cultura 99.479.170 Otros Servicios Comunitarios y Sociales 10.881.528 Infraestructuras Básicas y Transportes 1.079.406.451 Comunicaciones 170.995.991 Infraestructuras Agrarias 36.097.394 Investigación Científica, Técnica y Aplicada 235.487.666 Información Básica y Estadística 31.162.708 Regulación económica 275.682.897 Regulación financiera 249.353.792 Agricultura, Ganadería y Pesca 1.055.224.179 Industria 119.111.803 Energía 6.285.861 Minería 6.949.803 Turismo 15.120.048 Comercio 123.907.792 Transferencias a Administraciones Públicas Territoriales 3.898.331.091 Relaciones financieras con la Unión Europea 937.478.700 Deuda Pública 3.459.320.962 Total 30.464.303.469
Dos. En los estados de ingresos de los entes referidos en el apartado anterior, se recogen las estimaciones de los derechos económicos que se prevé liquidar durante el ejercicio presupuestario. La distribución de su importe consolidado, expresado en miles de pesetas, se recoge a continuación:
(Miles de pesetas)
Entes Capítulos económicos Capítulos I a VII Ingresos no financieros Capítulo VIII Activos financieros Total ingresos Estado 15.606.232.000 118.609.000 15.724.841.000 Organismos autónomos administrativos 1.957.046.030 89.675.094 2.046.721.124 Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos 1.328.607.837 588.371 1.329.196.208 Seguridad Social 8.315.231.806 9.900.000 8.325.131.806 Entes del artículo 1.e) de la presente Ley 17.419.482 11.734.127 29.153.609 Total 27.224.537.155 230.506.592 27.455.043.747
Tres. Para las transferencias internas entre los entes referidos en el apartado uno de este artículo, se aprueban créditos por importe de 5.111.409.532 miles de pesetas, con el siguiente desglose por entes:
(Miles de pesetas)
Transferencias según origen Transferencias según destino Estado Organismos autónomos administrativos Organismos autónomos comerciales Seguridad Social Entes del , e), de la presente Ley Total Estado – 406.782.770 185.832.516 3.653.409.960 126.438.990 4.372.464.236 Organismos autónomos administrativos 19.362.323 232.600 51.133 414.583 – 20.060.639 Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos 226.059.801 5.025.000 452.871 33.415 – 231.571.087 Seguridad Social 239.003.424 – 2.813.968 245.461.000 – 487.278.392 Entes del artículo 1.e) de la presente Ley. – – – 35.178 – 35.178 Total 484.425.548 412.040.370 189.150.488 3.899.354.136 126.438.990 5.111.409.532
Cuatro. Los créditos incluidos en los programas y transferencias entre subsectores de los estados de gastos aprobados en este artículo, se distribuyen orgánica y económicamente, expresados en miles de pesetas, según se indica a continuación:
Entes Capítulos económicos Capítulos I a VII gastos no financieros Capítulo VIII activos financieros Total gastos – Pesetas Estado 18.101.434.644 964.536.229 19.065.970.873 Organismos autónomos administrativos 2.456.460.782 2.300.162 2.458.760.944 Organismos autónomos comerciales, industriales, financieros o análogos 1.514.573.788 782.567 1.515.356.355 Seguridad Social 12.331.559.433 48.472.797 12.380.032.230 Entes del artículo 1.e) de la presente Ley 155.519.099 73.500 155.592.599 Total 34.559.547.746 1.016.165.255 35.575.713.001
Cinco. Para la amortización de pasivos financieros, se aprueban créditos en el capítulo IX de los estados de gastos de los entes a que se refiere el apartado uno, por importe de 4.844.970.524 miles de pesetas, cuya distribución por programas se detalla en el anexo I de esta Ley.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/1996/12/30/12#art-2