Art. [preambulo]

Art. [preambulo]

En vigor desde 1 jun 2025
Sea notorio y manifiesto a todos los ciudadanos, que las Cortes Valencianas han aprobado, y yo, de acuerdo con lo establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo la siguiente Ley: Exposición de motivos Los objetivos de la política presupuestaria y económica plasmados en la Ley de Presupuestos de la Generalidad Valenciana para 1995, requieren, para su mejor ejecución, la adopción de un conjunto de medidas de distinta naturaleza y alcance, cuyo común denominador se halla en ser instrumentos eficaces al servicio de la acción política y administrativa del Gobierno valenciano en los distintos ámbitos sectoriales en que éstas se desenvuelven. En consonancia con tal propósito, la Ley atiende a necesidades concretas en el ámbito de la gestión administrativa y en el de la organización, establece determinadas modificaciones en el régimen del personal docente no universitario y actualiza el régimen de determinadas tasas, tanto en lo que se refiere al hecho imponible como a los elementos de cuantificación de las mismas. 1 En materia de gestión administrativa, se autoriza la contratación plurianual del servicio de transporte escolar, se declara de urgente ocupación determinados bienes y derechos, se habilita a determinadas empresas de la Generalidad Valenciana como beneficiarias de expropiaciones y se incluye una modificación puntual del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública en materia de transferencias de crédito. 2 En materia de organización, se recoge una norma de asignación compartida de las competencias que respecto a la promoción pública de viviendas ostenta la Generalidad Valenciana, lo que permitirá una ejecución de la misma más ágil y eficaz. 3 En materia de personal, las normas están dirigidas a racionalizar la dotación de medios humanos asignados a la prestación directa del servicio público de educación, en el marco del programa de aplicación de la LOGSE en la Comunidad Valenciana. 4 En materia de tasas, la Ley incluye un extenso artículo que actualiza el régimen de parte de las vigentes con el fin de facilitar la publicación, a lo largo del ejercicio de 1995, del texto refundido a que se refiere la disposición final primera de la Ley. 5 El capítulo V, que recoge la regulación básica de las infracciones y el procedimiento sancionador en materia de defensa de la calidad agroalimentaria, trata de solventar los problemas que el vacío legal en la materia provocaba en el momento de hacer efectivo el cumplimiento de las normas en la materia. Dicho capítulo también recoge la regulación del procedimiento sancionador en materia de contratación y prácticas comerciales en el ámbito de la cadena alimentaria. 6 Por último, se incluyen toda una serie de disposiciones adicionales de diferente alcance y contenido. Así, tenemos normas relativas a sanciones urbanísticas y en materia de caza, y otras destinadas a complementar, de manera puntual, la regulación sobre tasas y precios públicos. Se modifica el párrafo 5 por el art. 254 de la Ley 5/2025, de 30 de mayo. Ref. BOE-A-2025-11959

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eli/es-vc/l/1994/12/28/12#preambulo-pr