Art. Disposición final
Título TÍTULO II

Art. Disposición final

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En vigor desde 29 dic 1984
Los recargos establecidos en esta Ley entrarán en vigor el día 1 de enero de 1985, y el impuesto sobre los premios del juego del bingo el día 1 de mareo de 1985. La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia».
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