Título TÍTULO II
Art. 5
6 / 16En vigor desde 1 ene 2013
Constituye el hecho imponible del impuesto el pago de premios a los jugadores en el juego del bingo que deban ser abonados con cargo a la dotación económica de la bolsa acumulada, de acuerdo con lo dispuesto en el anexo I del Reglamento del Juego del Bingo de la Región de Murcia, aprobado mediante Decreto n.º 194/2010, de 16 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo de la Región de Murcia y se modifica el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Se modifica por el .1 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2013-1927
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Proeli/es-mc/l/1984/12/27/12#art-5