Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 24 nov 2023
1. La presente ley tiene por objeto establecer los principios y objetivos a los que debe responder el transporte de personas y mercancías para lograr el desarrollo integral de una movilidad sostenible, saludable y segura desde las perspectivas social, económica y ambiental. 2. Asimismo, la presente ley tiene por objeto ordenar los instrumentos y procedimientos necesarios para lograr una movilidad sostenible en la Comunidad Autónoma del País Vasco, coordinada entre las administraciones con competencia en las materias relacionadas con la movilidad.
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eli/es-pv/l/2023/11/09/11#art-1