Art. Disposición adicional novena
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Órganos de recurso especial en el ámbito local

Art. Disposición adicional novena

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En vigor desde 17 may 2023
En los contratos de suministro, el presupuesto se determinará en función de los precios de mercado, especificando los valores de referencia utilizados y, cuando resulte posible, desglosando los costes directos e indirectos.
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