Art. 39
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Contratación pública socialmente responsable§ Subsección 1.ª Criterios sociales

Art. 39

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En vigor desde 28 nov 2023
1. El diseño de los servicios públicos reflejado en los pliegos de prescripciones técnicas deberá procurar el respeto del principio de diseño para todos, encaminado a la accesibilidad universal a los servicios. 2. Los órganos de contratación de los sectores públicos autonómico y local exigirán durante la vigencia del contrato que las empresas licitadoras acrediten el cumplimiento de la obligación de reserva legal de empleo para personas con discapacidad o la adopción de las medidas alternativas legalmente previstas. Se modifica el apartado 1 por el art. único.10 del Decreto-ley 2/2023, de 22 de noviembre. Ref. BOE-A-2024-282

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