Art. 23
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección cuarta. Medidas de apoyo

Art. 23

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En vigor desde 18 ene 2024
El Gobierno debe promover, mediante políticas de memoria del asociacionismo, la preservación del patrimonio documental de las asociaciones, así como su organización, conservación, digitalización, protección y divulgación, y, a tal fin, debe crear líneas de trabajo y subvención específicas y suscribir acuerdos marco con el Archivo Nacional de Cataluña y con los archivos municipales y supramunicipales.
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