Art. Disposición transitoria cuarta
Título TÍTULO XIV

Art. Disposición transitoria cuarta

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En vigor desde 27 dic 2022
Una vez aprobado el modelo de desarrollo profesional en las administraciones públicas vascas, dichas administraciones podrán establecer un sistema directo de acoplamiento entre el grado personal consolidado por el personal funcionario de carrera y el nivel de desarrollo profesional a reconocer a los empleados públicos.
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