Art. 99
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO II

Art. 99

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En vigor desde 27 dic 2022
Las administraciones públicas vascas, a propuesta de la Comisión de Coordinación del Empleo Público de Euskadi, podrán acordar la celebración de procesos de provisión de manera unitaria en varias administraciones públicas.
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