Art. Disposición adicional séptima
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional séptima

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En vigor desde 23 ene 2022
La Consejería competente en materia de Servicios Sociales aprobará, en un plazo no superior a tres meses desde la publicación de esta ley, una campaña de información dirigida a la ciudadanía sobre los derechos de las personas usuarias de perros de asistencia recogidos en esta ley, y particularmente el derecho de acceso.
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eli/es-an/l/2021/12/28/11#disposicion-adicional-septima