Art. 22
Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 4.ª Del reconocimiento y registro de perros de asistencia

Art. 22

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En vigor desde 23 ene 2022
Se crea el Registro de Perros de Asistencia de Andalucía, adscrito a la Consejería competente en materia de Servicios Sociales, al objeto de inscribir los perros de asistencia, las unidades de vinculación y los centros de adiestramiento oficialmente reconocidos. Su contenido y funcionamiento se desarrollarán reglamentariamente.
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eli/es-an/l/2021/12/28/11#art-22