Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 77
77 / 180En vigor desde 22 may 2021
Se crea el Registro Público de Agrupaciones Agroforestales de Gestión Conjunta de la Comunidad Autónoma de Galicia, adscrito a la consejería competente en materia de medio rural, en el que se inscribirán las agrupaciones agroforestales de gestión conjunta a que se refiere el artículo 16 de la presente ley.
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Proeli/es-ga/l/2021/05/14/11#art-77