Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Sanciones
Art. 140
141 / 180En vigor desde 22 may 2021
A las infracciones tipificadas en el artículo anterior se les aplicarán las siguientes sanciones:
a) Infracciones leves: apercibimiento o multa de hasta 600 euros.
b) Infracciones graves: multa de entre 601 y 3.000 euros.
c) Infracciones muy graves: multa de entre 3.001 y 6.000 euros.
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Proeli/es-ga/l/2021/05/14/11#art-140