Art. Disposición adicional centésima segunda
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional centésima segunda

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En vigor desde 1 ene 2021
El bien inmueble denominado «Casa del Mar de Bermeo» (Vizcaya), propiedad de la Tesorería General de la Seguridad Social, se donará a la Cofradía de Pescadores de Bermeo. Esta donación estará condicionada a que la citada Cofradía done a la Tesorería General de la Seguridad Social, previa segregación, un local en el edificio, del que es propietaria, sito en la calle Fraile Leku número 1, de Bermeo. Redactada conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 94, de 20 de abril de 2021. Ref. BOE-A-2021-6240
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