Art. Disposición adicional centésima quincuagésima primera
Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional centésima quincuagésima primera

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En vigor desde 1 ene 2021
A fin de cumplir con el mandato del punto 37 del dictamen conclusivo del Congreso de los Diputados para la Reconstrucción Social y Económica tras el COVID-19, que insta a que España se coloque en la vanguardia europea en la recuperación de materiales críticos impulsando una planta metalúrgica propia, se autoriza al Gobierno a incrementar, en el capítulo 6 de inversiones y en un millón de euros, el presupuesto del Centro Nacional de Investigaciones Metalúrgicas, dependiente del CSIC, para la construcción de una planta piloto hidrometalúrgica de recuperación de materiales críticos a partir de residuos de la minería y RAEEs.
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