Título TÍTULO III
Art. 24
24 / 34En vigor desde 15 mar 2019
Los ayuntamientos impulsarán y colaborarán en las actividades de las entidades de voluntariado que actúen en su ámbito territorial y articularán mecanismos de participación de estas en la vida municipal, como pueden ser los planes municipales de voluntariado.
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Proeli/es-ib/l/2019/03/08/11#art-24