Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 21
21 / 34En vigor desde 15 mar 2019
1. Con el objetivo de fomentar e impulsar el voluntariado en el seno de la sociedad, las empresas pueden promover y participar en programas de voluntariado, siempre que las actuaciones que se desarrollen se realicen en el marco de la colaboración con una entidad de voluntariado.
2. Con el fin de fomentar el voluntariado entre sus trabajadores, las empresas y las administraciones podrán adoptar acuerdos en el marco de la negociación colectiva que faciliten el acceso a los programas de voluntariado de las entidades.
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Proeli/es-ib/l/2019/03/08/11#art-21