Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria quinta
167 / 173En vigor desde 7 may 2019
1. En tanto se produzca el desarrollo reglamentario a que se refiere el título IX de la presente ley, relativo a la Comisión Regional de Vivienda de Extremadura, continuará vigente el Decreto 157/2001, de 9 de octubre, por el que se regula la misma.
2. El Decreto 224/2012, de 9 de noviembre, por el que se regula el Consejo Asesor de Vivienda de Extremadura, continuará vigente, en tanto se produzca el desarrollo reglamentario de la presente Ley.
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Proeli/es-ex/l/2019/04/11/11#disposicion-transitoria-quinta