Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 7 may 2019
Reglamentariamente, podrá establecerse una actualización anual de las cuantías de las sanciones establecidas en el capítulo IV del título VIII de la presente ley, con arreglo a la variación que, porcentualmente, experimente el índice de precios al consumo.
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